Ya hemos visto que las quemaduras pueden tener muchas formas
de presentación con riesgo de compromiso vital y, además, por las posibilidades
de comportar secuelas a largo plazo, derivadas de la infección y de la
cicatrización de las lesiones. Por tanto, toda quemadura que cumplan los
siguientes criterios serán consideradas graves y precisión a de valoración
facultativa:
· Niños menores de cinco años.
· Que afecten a cara, orejas, manos, pies, articulaciones o zona genital.
· Que comprometa la respiración o vía aérea (por ejemplo, por la inhalación de humo o de gases calientes).
· Que sean circunferenciales. Las lesiones que afectan a la totalidad o casi totalidad del perímetro del cuello, torso o extremidades.
· Que afecten a las capas más profunda de la piel.
· Causada por el efecto térmico de la electricidad, por productos químicos o radiaciones ionizantes.
· Que afecten a más del 5 % de la superficie corporal total en niños y en personas mayores.
· Niños menores de cinco años.
· Que afecten a cara, orejas, manos, pies, articulaciones o zona genital.
· Que comprometa la respiración o vía aérea (por ejemplo, por la inhalación de humo o de gases calientes).
· Que sean circunferenciales. Las lesiones que afectan a la totalidad o casi totalidad del perímetro del cuello, torso o extremidades.
· Que afecten a las capas más profunda de la piel.
· Causada por el efecto térmico de la electricidad, por productos químicos o radiaciones ionizantes.
· Que afecten a más del 5 % de la superficie corporal total en niños y en personas mayores.